lunes, 16 de enero de 2012

De leyes y prensas...

Durante 30 años el control absoluto sobre la prensa por parte del gobierno fue absolutamente inimaginable. Una Ley de Prensa  promulgada en 1938 tuvo como una de sus principales características la creación de un Registro Oficial de Periodistas (ROP). Cualquier periodista que quisiera ejercer la profesión debía obligatoriamente formar parte de dicho registro. Ni que decir tiene que el registro estaba absolutamente controlado por el gobierno, que otorgaba el carné de prensa siempre a personal digno de confianza (véase como tal cualquier comunicador afecto al régimen y libre de toda mínima sospecha de sentimiento contrario al mismo), y siempre que se tuviera el ejercicio de profesión demostrable durante al menos un año en algún periódico. Por supuesto, como los periódicos estaban controlados por el gobierno, ¿quién podía tener ese año mínimo de experiencia?... los periodistas “del gobierno”.

El ROP dependía del Archivo General de la Administración, y en las fichas de cada periodista se anotaba el puesto que había ocupado, el diario en el que había trabajado, sus afinidades políticas, etc. Periodistas que consiguieron entrar en el ROP pasaron hasta tres años esperando su carné de periodista, necesario para ejercer y que por supuesto debía estar firmado personalmente por el jefe del Servicio Nacional de Prensa.
Así que la censura no se limitaba sólo al contenido de lo que se escribía, sino que su alargada sombra caía sobre el hecho de decidir quién ejercía la profesión, unos pocos elegidos por el poder establecido, asegurándose un instrumento perfecto de propaganda siempre afín y en absoluto crítico con la mano dirigente.

Todo esto, que leído así puede llevar a pensar en la Alemania nazi, la Italia fascista, o la Rusia más profunda, ocurría en la década de los años 30 en el ejercicio periodístico en nuestro querido país, España. Con la dictadura ya instaurada, todo esto era lo que regía en la labor periodística. La prensa pasó de ser “el cuarto poder” a  ser una institución más totalmente controlada, un monopolio estatal. Sólo podían ser periodistas los partidarios del régimen o los que estuvieran totalmente dispuestos a obrar como tales. Con la ley de prensa de 1938, elaborada por Ramón Serrano Suñer, haciendo dependiente a todos los estamentos informativos del Ministro de Gobernación, se eliminó todo rastro de liberalismo o de reformismo del XVIII. Como anécdota, los carnés de prensa con los números 1 y 2, pertenecían a Francisco Franco y a Serrano Suñer respectivamente. Primeritos de su promoción, como no.

Todo esto siguió así hasta 1966, cuando la ley anterior mencionada (que tuvo siempre el curioso rango de “transitoria”), dio paso a la conocida como “Ley Fraga”.

Manuel Fraga Iribarne era un gallego de 39 años bien preparado. Muestra de esa preparación era que dirigía el Instituto de Estudios Políticos, era procurador en Cortes, consejero del Movimiento, número uno de su promoción como Letrado de las Cortes, y diplomado (y catedrático) en Derecho Político. De su Lugo natal se desplazó a Madrid a terminar sus estudios jurídicos, después de sopesar si completar los eclesiásticos, o los castrenses.

 En la última etapa de la dictadura, el General Franco le entrega el Ministerio de Información y Turismo, y Manuel Fraga redacta y promulga la Ley de Prensa de 1966, que por fin liberaba (de una forma muy sutil, todo hay que decirlo) a la prensa de la brutal censura impuesta en los últimos 30 años.

La Ley de Fraga se vio motivada por las quejas internas de los sectores católicos de la dictadura, que más que un avance en las libertades lo que pretendían era servirse de los medios de comunicación para sus propios intereses.  Esto, unido a otros factores, como la posición internacional hacia España, muy crítica con la dictadura impuesta, hizo que Franco (a su pesar) finalmente cediera para no enfrentarse a una crisis interna con el clero. La Iglesia era pieza clave en la imagen de la dictadura.

Ley contradictoria en muchos aspectos, presentaba grandes novedades como sus artículos 1, 16 y 40 en los que concedía la libertad de expresión, la de empresa y la libre designación de director (cargo que hasta entonces decidía el caudillo), así como un registro oficial de periodistas y empresas periodísticas abierto y libre. Pero frente a estos artículos presentaba otros que contradecían estas libertades, como posibles  multas y sanciones para firmantes y empresas editoras, y la obligatoriedad de depositar ejemplares en el Ministerio antes de su difusión pública, que otorgaban en última instancia al poder la potestad de intervenir si lo consideraba oportuno. Así que podemos hablar de una libertad “vigilada”, pero ya era un gran paso adelante.

A partir de entonces  la prensa pudo, aunque muy poco a poco, expandir el diálogo político, el ámbito cultural y la parcela intelectual. Esta ley supuso un arranque de liberación, y un aumento del espacio de crítica que hasta entonces se tenía, hecho que pudo permitir a la ciudadanía asumir lentamente, a la muerte de Franco en el 75, la transición hacia la democracia.

Ayer por la noche fallecía en Madrid, con 89 años, Manuel Fraga Iribarne, redactor  de esta Ley. Al margen de su ideología política (que todos conocemos y que hace soliviantar de rabia a muchos y complacer a otros), no podemos negar que fue él con su ley quien abrió las puertas mínimamente para que el periodismo creciera autónomo, libre y sin directrices gubernamentales, y llegase a tener las libertades de las que disfruta hoy esta profesión que tantos amamos.

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